Procedimiento de reclamos
PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS ANTE EL PROVEEDOR
Las reclamaciones deberán presentarse por parte de los clientes, usuarios finales o cualquier persona autorizada en los Centros de Atención al CLIENTE que tenga disponible el PROVEEDOR, los cuales son de carácter gratuito para el CLIENTE. El PROVEEDOR deberá contar con los mecanismos que permitan que personal capacitado y disponible brinde asistencia de forma presencial o remota a los usuarios finales con discapacidad que accedan a los Centros de Atención al CLIENTE.
Para cada gestión, el PROVEEDOR deberá brindarle al CLIENTE, el número consecutivo de referencia de su reclamación. La presentación de las reclamaciones no requiere la elaboración de un documento formal ni intervención de abogado, y pueden ser presentadas por cualquier medio de gestión habilitado. El PROVEEDOR deberá atender, resolver y brindar respuesta efectiva y razonada, en un plazo máximo de diez (10) días naturales a partir de su presentación.
PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS ANTE LA SUTEL
En caso de resolución negativa o insuficiente o la ausencia de resolución por parte del PROVEEDOR, el CLIENTE podrá acudir a la Sutel, cuya atención será conforme a la normativa vigente. Las reclamaciones que se presenten ante la Sutel no están sujetas a formalidades ni requieren autenticación de la firma del reclamante, por lo que podrán plantearse personalmente o por cualquier medio de comunicación escrita, según lo publicado en el sitio WEB de la Sutel https://sutel.go.cr/pagina/guia-para-interponer-reclamos. No obstante, debe cumplirse con los requisitos mínimos exigidos en la normativa.